El pasado 31 de diciembre de 2020 se publicó en el BOE la Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021. Las medidas fiscales aprobadas más relevantes son las siguientes:
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FÍSICAS
Cuando la base del ahorro supere los 200.000 euros, el exceso sobre este importe tributará a un tipo del 26% (en lugar del 23% aplicable hasta 2020).
Aumenta en dos puntos porcentuales la tributación de la base imponible general para rentas que excedan de los 300.000€.
Se establece en 2.000€ anuales la cantidad máxima que se puede reducir por aportaciones a planes de pensiones y a sistemas de previsión social. No obstante, el límite conjunto de reducción en el caso de aportaciones del partícipe y, al mismo tiempo, contribuciones empresariales, se amplía de 8.000 euros a 10.000 euros. Por otro lado, la aportación máxima al plan de pensiones del cónyuge se reduce a 1.000 euros anuales.
IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES
La exención que hasta ahora era aplicable sobre los dividendos y plusvalías procedentes de la participación en sociedades filiales, salvo algunas excepciones, sólo alcanzará al 95% de dichos dividendos o plusvalías.
IMPUESTO SOBRE EL PATRIMONIO
Aumenta la escala estatal del impuesto en un punto para patrimonios de más de 10.695.996,06 euros), elevando el tipo de gravamen del último tramo de la tarifa del 2,5% al 3,5%.
IMPUESTO SOBRE EL VALOR AÑADIDO
Se incrementa al 21% (anteriormente 10%) el tipo de gravamen aplicable a las bebidas que contengan edulcorantes añadidos.
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