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  • Sergio Valdepeñas

Gastos de hipoteca: así quedarán las cosas


El pasado sábado 10 de noviembre entró en vigor el Real Decreto aprobado por el Gobierno que obliga a las entidades bancarias a pagar el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados de las hipotecas.

Paralelamente, los partidos políticos han acordado incluir en la nueva Ley Hipotecaria que se está tramitando en el Congreso un nuevo reparto de los gastos vinculados a la formalización de una hipoteca.

De este modo, correrá a cargo de los bancos la primera copia de la escritura notarial de préstamo así como los gastos registrales y de gestoría. El cliente tan solo abonará los gastos de tasación y las copias notariales de la escritura que solicite.

Conviene recordar que cuando se adquiere un inmueble con hipoteca se están realizando dos operaciones: por un lado la compra del inmueble, y por otro la constitución del préstamo hipotecario.

Pues bien, todo lo anterior afecta únicamente a los gastos de constitución del préstamo hipotecario, por lo que los gastos de impuestos, notaría, registro y gestoría relacionados exclusivamente con la compra del inmueble seguirán corriendo por cuenta del cliente.

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